Inicia la temporada de ballenas 2021 y estas son las regulaciones por COVID-19

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Susurrador de Ballenas

La temporada de observación de ballenas arranca el 15 de enero y termina el 31 de marzo, como es costumbre. Se estima que entre 1,500 y 2,000 ballenas jorobadas migran hacia aguas dominicanas cada año, específicamente al Santuario de Mamíferos Marinos que incluye los bancos de La Playa y La Navidad, al norte, como la Bahía de Samaná.

Más de 60,000 personas visitan el santuario para disfrutar de esta maravilla de la naturaleza, cuando estos cetáceos vienen a las cálidas aguas del Caribe para aparearse y dar a luz, lo que permite que los visitantes puedan utilizar los servicios turísticos de la zona, para vivir esta experiencia que es, además, modelo de gestión a nivel mundial.

La pandemia del Covid-19 llegó al país al final de la temporada 2019, llegado en estos meses a una segunda ola a nivel mundial. Por lo tanto, el Ministerio de Medio Ambiente ha establecido un protocolo y regulaciones para esta actividad recreativa:

1. Cumplir con el protocolo de salud de las áreas protegidas.

2. El horario de observación es de 8:00 am a 4:00 pm. (varía según los decretos presidenciales)

3. Todas las embarcaciones que operan en las zonas de observaciones deben tener consigo el radio de comunicación.

4. El permiso para las embarcaciones únicas es válido por tres (3) horas en el Santuario.

5. Solo se permitirá la presencia de tres (3) embarcaciones en observación, sin importar su eslora, observaran en el orden de llegada.

6. Embarcaciones a la espera, deben mantener una distancia de 250mts. detrás de las embarcaciones en observación. Deben esperar en grupos de tres (3).

7. Al llegar a la distancia de 250 metros de la ballena o grupo de ballenas debe reducir la velocidad hasta llegar a la distancia de observación. Al llegar a la distancia de observación, las embarcaciones deberán colocar sus motores en neutro.

8. Está prohibido apagar los motores de las embarcaciones por cuestiones de seguridad.

9. La distancia entre las embarcaciones y las ballenas será de 270 pies (80 metros), para el caso de la madre y el ballenato. Para las demás ballenas 165 pies (50 metros).

10. La velocidad de las embarcaciones observando ballenas debe ser moderada, de acuerdo con las condiciones marítimas.

11. No se permite a una embarcación una estadía mayor de 30 minutos con un grupo de ballenas en área de observación y 20 minutos con mamá y ballenato. Cuando existan pocas ballenas, al inicio o final de la temporada, este tiempo se reduce a 15 minutos.

12. Ninguna embarcación permitirá que sus pasajeros entren al agua con ballenas. Está terminantemente prohibido nadar y/o bucear con ballenas.

13. Las embarcaciones menores de 30 pies de eslora deberán obligar a sus pasajeros a colocarse chalecos salvavidas.

14. No se permite realizar observación de ballenas desde helicóptero, aviones o avionetas Las aeronaves no deben sobrevolar más bajo de 1000 metros de altura mientras se mantiene una distancia horizontal máxima de 1000 metros de la ballena. Las aeronaves no deben sobrevolar directamente sobre las ballenas y/o delfines.

15. El uso de dron solo está permitido bajo la autorización previamente del Ministerio.

16. El uso del cintillo es obligatorio.

Nota

  • Los operadores y/o visitantes recibirán un recibo de pago del ministerio.
  • Solo se autorizarán un máximo de 2 embarcaciones únicas por día.

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